Muchos creen que la responsabilidad penal de las personas jurídicas (empresas, partidos polícitos, etc) se introdujo con la reforma llevada a cabo en 2015. Lo cierto que es dicha responsabilidad penal se introdujo por la reforma llevada a cabo por la L.O. 5/2010 y LO 7/2012.
La modificación introducida en 2015 (L.O. 1/2015) conlleva como novedad la introducción de unas eximentes o atenuantes para las propias personas jurídicas que comentan delitos o delitos que se cometan en el seno de éstas personas jurídicas.
Estas eximentes no son otra cosa que cumplir con un plan de prevención; un plan de compliance. Ello puede ser llevado a cabo por un Compliance Officer (que normalmente será un abogado que trabaje para la empresa), o por un despacho de abogados externo que se encargue bien de la elaboración de dicho plan, de su seguimiento y/o cumplimiento y de las medidas de control y eficacia.
Esto no es solo una solución de futuro, si no, una solución de presente dado que ya existen sentencias absolviendo a personas jurídicas que han demostrado tener este sistema o plan de cumplimiento implantado (véase otras publicaciones de esta firma como "La vital importancia del Compliance Penal para empresas"), así como las nefastas consecuencias que puede tener para una empresa una condena penal, por un incumplimiento de un directivo o alto cargo, en el seno de la misma. Como demuestran también recientes sentencias condenatorias.
Está claro que mucha empresas y partidos políticos que se encuentran en el candelero informativo por su imputación penal por presuntos delitos cometidos en su seno, podría haber salvado esa situación, incluso evitar la condena, con un plan de cumplimiento o compliance.
Desde García Eugenio Abogados se prestan estos serivicios de compliance. Bien como Compliance Officer, o bien como organismo de compliance externo a la empresa-cliente, realizando las labores propias de prevención, detección y cumplimiento de posibles infracciones tanto a la normativa penal, como cualquier otra normativa que afecte al sector de la empresa-cliente.